El Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas ha alcanzado un hito significativo en sus 17 años de existencia, gestionando entre 3,500 y 4,000 causas relacionadas con la contratación pública, resaltó el magistrado presidente, Martín Wilson, durante un acto conmemorativo en el que se expuso el rol de este tribunal
Wilson destacó que casi el 60% de estos casos corresponden a recursos de impugnación derivados de procedimientos de selección, mientras que 40% se ha generado en procedimientos de resolución administrativa de contratos, cuyos términos para el trámite se han reducido gracias a reformas recientes en las leyes que rigen el proceso.
El tribunal, que se creó bajo la Ley 22 de 2006, ha desempeñado un papel crucial en la supervisión de la legalidad de los procesos de selección de contratistas y en la resolución administrativa de contratos públicos. De las causas presentadas, solo un pequeño número ha llegado a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, lo que subraya la eficacia de las decisiones del tribunal.
El magistrado presidente resaltó que, en estos 17 años, el tribunal ha protegido de manera efectiva los intereses de los contratistas, del Estado , así como el erario público, evitando posibles costos para el país.
Explicó que de acuerdo a la reforma de la Ley 153, en el artículo 159, se determina que el tribunal debe fallar en 10 días , frente a los procedimientos de selección y eventualmente de requerir pruebas tiene un periodo de 5 a 10 días, tras evacuarse las pruebas tiene 5 días subsiguientes para resolver la causa.“Las decisiones del tribunal son colegiadas, es decir la deciden los tres magistrados que la integran: Martín Wilson, Manuel Beckford y Luis Mariscal
“Este año, vamos por el orden de 150 causas, correspondientes a la administración pasada y de la actual”, destacó Wilson.
Por otro lado, el magistrado aclaró la diferencia entre el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas y el Tribunal de Cuentas, enfatizando que el primero se centra en la supervisión de los procedimientos de contratación, mientras que el segundo evalúa la responsabilidad de los funcionarios públicos en la administración de fondos.
En la jurisdicción de cuentas se califica la responsabilidad de los funcionarios públicos cuando administran dinero, sino desempeña bien esa labor, se sancionan con la devolución del dinero mal habido, en tanto en el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas se vigila la responsabilidad del funcionario cuando se está en el proceso de compra, a fin de adquirir bienes, obras o servicios para el Estado.
A fin de conmemorar los 17 años de creación del tribunal se realizó una jornada de exposición , dirigida a colaboradores de las entidades públicas, en la que el magistrado Mariscal habló sobre: “Etica en la contratación del Estado, el reto del siglo xx; el magistrado Wilson se refirió al tema: “ Selección objetiva de los Contratistas en la Contratación Pública; y el magistrado Beckford expuso sobre: “Trámite del recurso de impugnación ante el Tribunal Administrativos de Contrataciones Públicas».